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Servicio jurídico

Registra tu marca con ayuda europea. Si tu caso y la convocatoria lo permiten.

El SME Fund puede cubrir parte del coste de las tasas oficiales de registro de marca para pymes europeas. Estudiamos si tu empresa cumple los requisitos y cómo integrarlo en una estrategia registral que de verdad tenga sentido.

Para quién puede aplicarPymes domiciliadas en la Unión Europea que quieren registrar una marca española o de la UE y cumplen los requisitos de la convocatoria vigente.
Qué puede cubrirHasta el 75% del coste de las tasas oficiales de registro de marca, dependiendo de la convocatoria y del tipo de signo solicitado.
Por qué necesita criterio jurídicoLa ayuda no es automática ni garantizada. Hay requisitos, plazos y condiciones que cambian. Por eso conviene analizarlo dentro de una estrategia registral bien fundamentada.
Para quién tiene sentido

Bonificación SME Fund

Pymes que quieren registrar una marca y quieren saber si pueden reducir el coste de las tasas oficiales con ayudas europeas disponibles.
Empresas que necesitan entender qué cubre exactamente la ayuda, qué condiciones aplican y cómo influye en la decisión registral.
Proyectos que buscan proteger su marca sin renunciar a un criterio jurídico sólido, aunque haya un incentivo económico de por medio.
Qué incluye el servicio

Estrategia registral con análisis de ayudas

Valoración inicial sobre si la empresa puede encajar en la convocatoria vigente del SME Fund y qué cobertura podría obtener.
Integración de la ayuda dentro de la estrategia registral: la bonificación como complemento, no como punto de partida de la decisión.
Gestión completa del registro de marca —española o UE— con asesoramiento jurídico claro en cada fase del expediente.
Cómo trabajamos

Primero la estrategia. Luego el ahorro.

La bonificación SME Fund puede ser un incentivo valioso, pero no cambia la lógica jurídica del registro. Un buen servicio empieza por analizar si el registro tiene sentido, y después estudia si además puede beneficiarse de la ayuda.

01
Comprobamos el encaje de la pyme

Analizamos si la empresa cumple los requisitos del SME Fund en la convocatoria aplicable: tamaño, domicilio y condiciones específicas vigentes.

02
Evaluamos la estrategia registral

Independientemente de la ayuda, valoramos el caso: viabilidad del signo, territorio, clases y encaje con el proyecto. El ahorro viene después del análisis, no antes.

03
Gestionamos el registro completo

Tramitamos la solicitud de marca y, si procede, coordinamos la aplicación de la bonificación dentro del plazo y las condiciones de la convocatoria.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene entender antes de decidir.

¿La bonificación SME Fund se concede siempre?

No. Depende de que la empresa cumpla los requisitos de pyme establecidos por la UE, de que haya convocatoria abierta y de que el tipo de actuación esté incluida. No es automática ni universal.

¿Qué porcentaje de las tasas puede cubrir?

Las condiciones varían según convocatoria, pero habitualmente el SME Fund puede reembolsar hasta el 75% de las tasas de registro ante la OEPM o la EUIPO para determinadas actuaciones. Los honorarios del despacho no están incluidos en la bonificación.

¿Conviene basar toda la decisión en la ayuda?

No. La ayuda puede mejorar el coste de entrada, pero el registro debe tener sentido estratégico por sí solo. Si el signo no merece protección, la bonificación no cambia esa valoración.

¿Puedo pedir la bonificación directamente yo mismo?

La solicitud de bonificación tiene un proceso específico con plazos y condiciones propias. Asesoramos sobre ese proceso y lo coordinamos con el registro para que todo encaje correctamente.

¿Tu pyme puede acogerse al SME Fund?

Estudiamos si encaja y lo integramos en tu estrategia de registro.

Cuéntanos el proyecto. Analizamos el caso, comprobamos el encaje con la convocatoria vigente y te decimos si la bonificación puede ser parte de la solución.

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